• Personal del Instituto Nacional de Migras del aeropuerto de Cancún violentan derecho de amparo y mantienen en condiciones infrahumanas y bajo tortura sicológica a dos migrantes

Por Rafael Santiago

Autoridades migratorias violan el juicio de amparo 1206/2022, otorgado por el Juzgado Segundo de Distrito a dos migrantes cubanos detenidos en el aeropuerto de Cancún, a los que se mantiene apresados, amenazados y torturados sicológicamente.

La demanda de amparo fue promovida por Roberto Martínez Aragón en favor de José Antonio Barrios Nápoles y Karen Hernández Cires, el pasado 18 de noviembre de este año, y las autoridades migratorias, con lujo de prepotencia, se han negado a recibir dicho documento, con la idea de que si  esconden la cabeza como un avestruz, pueden violentar la ley.

El abogado Gerardo Solis, que ha salido en defensa del caso, considera que esto es un atropello que amerita que estas autoridades migratorias que tratan como delincuentes a las personas que consideran que están ilegalmente en el país, se exponen a ser destituidas y procesados, porque contrario a lo que piensan, tienen derecho a recuperar su libertad, qué es un derecho consagrado en la Ley Suprema de los Estados Unidos Mexicanos, que es la libertad, consagrada en los artículos primero y 16 de la Ley Suprema y primero y segundo y séptimo de la Convención mericana Derechos Humanos.

El abogado, que es un morenista de hueso guinda. Destaca que fue representante de morena ante el INE en el 2016, en el 2018 y en el 2021. Tiene además muy claro, insiste, que el residente la República siempre le pide a todos los mexicanos que denunciamos cualquier acto de corrupción hasta sus últimas consecuencias. Andrés Manuel López Obrador, subraya, quiere un gobierno pulcro para México, por lo que estos actos prepotentes y arbitrarios de la autoridad migratoria, permite incluso que los funcionarios sean destituidos y procesados penalmente,  porque realizan verdaderos actos de tortura, no merecen los migrantes ser tratados como delincuentes.

Incluso entran en desacato, porque se han negado a recibir esta petición el pasado viernes 2 de diciembre, para que se resuelva sobre la custodia de los extranjeros, figura contemplada en el reglamento de la Ley de Migración.

UNA HISTORIA DE ABUSOS

El 18 de noviembre detuvieron a 5 personas que venían procedentes de Cuba, que querían ingresar a México de manera legal, por lo cual contrataron los servicios de un gestor para obtener un trámite migratorio y un documento migratorio con el cual poder llegar a México, hacer una visita de turistas y después irse a vivir a los Estados Unidos, porque tienen familia en dicho país y además, francamente están cansados de vivir en un sistema represor cómo lo es el que representa el gobierno de Cuba.

Al llegar a México al aeropuerto internacional de Cancún, la autoridad percata que el documento no es expedido por el instituto, por lo cual ordenan una segunda revisión. Mientras esto se realizaba, no fueron regresados a su país en el avión en el que llegaron.

El domingo 20 de noviembre se presentó un Amparo contra la deportación, expulsión y actos de destierro de dichas personas de nuestro país. Dicho Amparo fue radicado en el Juzgado Séptimo de Distrito. El juzgado emitió una suspensión de plano, contra los actos prohibidos del artículo 22 constitucional.

Es pertinente aclarar, que estas personas estuvieron siendo torturadas de manera psicológica, acusándolas para que se desistieran de cualquier medio de defensa, fueran regresados a su país y además, no se les permitió tener comunicación con sus abogados. También se les negaron alimentos a un bebé de 10 meses, agua caliente pañales y demás cosas que un menor de edad requiere para su subsistencia.

UN BEBÉ ESTUVO A PUNTO DE MORIR

Fue después de 5 días, cuando el menor empezó a presentar problemas de salud, entre otras cosas, porque en el centro de retención de migrantes hace mucho frío. El menor empezó a presentar un cuadro de asfixia y la autoridad migratoria permitió el ingreso de sus padres, con una visa por razones humanitarias, pero a las otras dos personas que venían con ellos, no se les permitió el ingreso a México, a pesar de qué no existe razón para hacer alguna diferencia.

Las dos personas que se quedaron detenidas en las oficinas del centro de retención,  al cual no es posible acceder sino es por una autorización que ellos den, comenzaron a resentir un feroz hostigamiento de parte de la autoridad migratoria, en el sentido de que les mencionaron que se iban a quedar meses detenidos ahí, llevas 15 días comiendo solo una vez al día, y no se les permite comunicar con sus abogados.

El pasado 2 de diciembre acudir a las oficinas del aeropuerto, en la terminal número 2, a presentar en representación del Consejo independiente para los Derechos Humanos del Estado de Quintana Roo AC,  organización que preside el abogado Roberto Martínez Aragón, para realizar una petición de manera escrita y respetuosa, con fundamento en el artículo octavo constitucional, artículos 214 215 y 2 16  del reglamento de la ley de migración, para solicitar la custodia de los extranjeros detenidos o migrantes detenidos, en dicha petición se exhibió el comprobante del domicilio donde ellos iban a permanecer, y se le pidió a la autoridad migratoria que fijaran, si así lo considera necesario, una caución para garantizar las obligaciones procesales que ella estimara pertinente.

El licenciado Gerardo Solis, estuvo aproximadamente desde las 5 de la tarde hasta las 6:30 en la terminal número 2, dónde hay un teléfono amarillo, intentando comunicarme a las oficinas de migración extensión 6002, al ver que no respondían, y que además había gente ahí esperando familiares, que le dijeron que llevaban 5 horas intentando marcar a migración y no respondían, acudir a las instalaciones de migración que se encuentran junto a las salidas nacionales en dicha terminal 2.

DESPRECIAL MIGRAS A LA AUTORIDAD

Prosigue el reconocido morenista: Había personas de ahí me atendieron con cortesía y marqué  a la licenciada encargada del departamento jurídico que se llama Liliana Ortiz Loo, y aunque dicho abogada no quiso hablar con su servidor y toda la plática fue a través de la persona que amablemente me atendió, ésta le dijo a ella que no me iba a recibir ninguna petición a menos de que fuera con alguien de la comisión Nacional de Derechos Humanos, la comisión Estatal o del juzgado de distrito. Para mí fue sorprendente saber que una abogada se negara a recibir una petición humanitaria que venía fundamentada con el artículo octavo constitucional, estos mismos hechos en ese momento, fueron denunciados a la comisión Nacional de Derechos Humanos, formándose el expediente Folio 128907 y fue la licenciada Karla Muñoz, la que por la gravedad del asunto, consideró que había dejado de ser 1 acta circunstanciada para convertirse en una queja contra instituto Nacional de Migración.

Es pertinente aclarar que una falta administrativa en materia migratoria, no convierte a las personas en delincuentes, de manera excepcional es el derecho penal y por la gravedad de los hechos que ocurren en la sociedad, que es trama del derecho, permite la detención de las personas en cárceles.

Todos los migrantes que vienen a México, por ley tienen derecho hacer regularizados, la política del instituto Nacional de Migración, en la ley señala que es de respeto absoluto a los Derechos Humanos de las personas, el derecho migratorio no es derecho criminal, cualquier extranjero además tiene derecho a ser escuchado por un funcionario migratorio objetivo, que analice las circunstancias de cada persona en particular y a brindarles auxilio si estos lo requiera.

Estos hechos que se denuncian, evidentemente son contrarios, lo que el Presidente de la República quiere como gobierno para México, estos actos prepotentes y arbitrarios, hace un espacio, incluso para que los funcionarios migratorios sean destituidos y procesados penalmente,  son verdaderos actos de tortura, no merecen los migrantes ser tratados como delincuentes.

Al contrario tienen derecho al beneficio de recuperar su libertad, qué es un derecho consagrado en la ley suprema de los Estados Unidos Mexicanos, que es la libertad consagrada en los artículos primero y 16 de la ley suprema y primero y segundo y séptimo de la convención americana Derechos Humanos.

Retener la libertad de dos personas, concluye, constituye un completo abuso de derecho, nuestros máximos tribunales se han pronunciado al respecto en innumerables resoluciones.